martes, 12 de julio de 2011

.... por eso nació la APEP

Leyendo la prensa esta semana, me llevé la grata sorpresa de ver como se están creando nuevas entidades para promocionar la importancia de la privacidad en España.


En esta ocasión se trata de la Asociación Profesional Española de Privacidad, (APEP) que nace con la finalidad de integrar a los profesionales de la protección de datos personales y de la privacidad, para focalizarse en tres puntos:




  • dotar de patrones de calidad al desarrollo profesional de las actividades vinculadas a la privacidad, mediante la elaboración de códigos éticos y certificaciones de competencias, inexistentes éstas últimas en la actualidad.




  • fomentar el conocimiento y valoración social del derecho fundamental a la protección de datos de carácter personal, haciendo uso para ello de foros de encuentros, virtuales o presenciales, organización de congresos, jornadas de formación o incluso la creación de una bolsa de trabajo especializada para promover la inserción laboral de los profesionales de la privacidad.




  • defender los intereses profesionales de sus asociados, velando por el interés general de la profesión de expertos en privacidad, y en especial, para el reconocimiento público de la misma.


  • La APEP está presidida por el profesor Ricard Martinez, de la Universidad de Valencia, y con una sólida experiencia en el campo de la privacidad. Creo que es un paso muy importante para la regularización de la profesión y para promover la formación a todos los profesionales del sector.



    Tenéis más información en esta presentación.

    Twitter

    LinkedIn

    martes, 5 de enero de 2010

    De vuelta a casa.....




    En los dos últimos años, para ser sincero, he estado más interesado en todo este huracán económico que nos ha acompañado que en seguir todas las novedades sobre la protección de datos y la privacidad.


    Como sabéis en épocas de recesión por mucho que nos preocupe nuestra intimidad, nuestras prioridades cambian y se centran en cubrir nuestras necesidades básicas. Así vemos como en los últimos meses la mayor preocupación de los españoles es el paro, y que puede servir peligrosamente para acortar nuestros derechos.


    Con lo cual he cambiado de punto de mira y me he centrado en los últimos años en todas las aspectos de la economía, como la terminología, comportamientos y prácticamente he dejado de leer cualquier noticia sobre la privacidad.


    Mirando para atrás estos dos años lo que más me ha llamado la atención es la explosión de Facebook y todas las redes sociales. Creo que fue sobre el 2006 o 2007 cuando leí por primera vez algún artículo sobre Facebook, y de imaginarme como sería ese red a ver como todos tus amigos "suben" información, fotos me parece increíble.


    Hoy he leído en un artículo en la web de la Harvard Business Review una entrevista a Mikolaj Jan Piskorski, profesor de esa universidad, que comenta que en las fotos está el truco del éxito:

    "People just love to look at pictures," says Piskorski. "That's the killer app of all online social networks. Seventy percent of all actions are related to viewing pictures or viewing other people's profiles."

    Prometo que no tardaré dos años en escribir el siguiente post.



    Por cierto Feliz 2010 ¡

    martes, 26 de agosto de 2008

    Genómica Personal





    Aparece hoy en la revista Technology Review, un artículo de Misha Angrist del Duke University Institute for Genome Sciences and Policy, sobre la genómica personal en EEUU.

    Comenta que
    en abril, la empresa Navigenics realizó una campaña publicitaria en Manhattan para presentar sus servicios de medicina genómica para la prevención de ataques cardiacos, diabetes.

    Días después esta empresa y 22 más que realizan servicios similares, recibieron una notificación del Departamento de Salud del Estado de Nueva York, advirtiéndoles que era necesario una autorización previa antes de vender sus servicios.


    Más info:


    Nace la era de la genómica personal (Público)


    España protege la privacidad de los datos genéticos


    Cátedra de Derecho y Genoma Humano

    Medicina Personalizada: Fundación de la Innovación Bankinter

    CPSR - Perú - Privacidad genética

    Información y privacidad genética



    miércoles, 16 de julio de 2008

    AGPD: Memoria Anual 2007





    La AGPD ha publicado la Memoria Anual 2007, han reducido considerablemente el tamaño de la memoria con respecto a años anteriores, haciéndola mucho más práctica y manejable.

    En uno de los apartados la AGPD analiza cuales son las grandes cuestiones sobre privacidad en la actualidad. (pag 22)


    LA PRIVACIDAD EN RIESGO: LOS GRANDES INTERROGANTES


    A. ¿ES POSIBLE IMPEDIR LA UTILIZACIÓN INDEBIDA DE DATOS PERSONALES EN INTERNET?

    Las principales novedades que se han planteado en relación con la protección de los datos personales se han producido en el entorno de la prestación de servicios a través de Internet.

    El desarrollo de estos servicios ha ampliado las posibilidades de los ciudadanos para intercambiar y ofrecer información, así como para facilitar el acceso a la misma poniendo en jaque los criterios tradicionales de garantía de la privacidad y exigiendo una actualización urgente.

    La oferta de servicios de los buscadores de Internet presupone un tratamiento masivo y selectivo de los datos de los usuarios cuyas implicaciones no suelen ser conocidas por ellos.



    B. ¿UNA SOCIEDAD VIDEOVIGILADA?

    La instalación de cámaras de videovigilancia por razones de seguridad se está incrementando de manera exponencial en los últimos años. Esta actividad ha sido habitualmente realizada por las fuerzas y cuerpos de seguridad en el marco de su regulación específi ca y, también, por ciertas categorías de establecimientos que como las entidades financieras, tienen obligaciones específi -
    cas para la adopción de medidas de seguridad.

    Sin embargo, el gran incremento de la videovigilancia en los últimos años se debe, en buena medida, a la iniciativa de los ciudadanos dirigida a avanzar hacia una sociedad videovigilada.



    C. ¿HACER FRENTE A LA PIRATERÍA EN INTERNET RESPETANDO LOS DATOS PERSONALES PROTEGIDOS?

    La descarga de archivos en Internet a través de redes “peer to peer” (P2P) está teniendo una gran incidencia sobre los derechos de propiedad intelectual.

    Según datos de entidades gestoras de dichos derechos en España en 2007 pueden haberse descargado 1.000 millones de archivos de música y 200 millones de películas. Según dichas fuentes se trata de un proceso creciente. Para hacer frente a esta situación las entidades gestoras de derechos de autor han adoptado diversas iniciativas entre las que algunas implican la recopilación de los nombres de usuarios y la dirección IP de quienes ponen a disposición de
    terceros fonogramas o vídeos musicales a través de carpetas compartidas en las citadas redes, para emprender acciones judiciales contra ellos.



    D. ¿UN CONTROL CRECIENTE DE LA VIDA LABORAL?

    El debate acerca de las facultades del empresario para adoptar medidas de vigilancia y control sobre los trabajadores cuenta con numerosos antecedentes en Convenios Internacionales, Tribunales y órganos especializados.

    El desarrollo de nuevas tecnologías utilizadas en el entorno laboral, como la videovigilancia, el uso de datos biométricos, el correo electrónico o el acceso a Internet, entre otros, han intensificado el debate sobre los límites y garantías que deben acompañar al ejercicio de aquellas facultades de control.



    E. ¿GARANTÍAS PARA LA PRIVACIDAD EN UN MUNDO GLOBALIZADO?: HACIA ESTÁNDARES INTERNACIONALES DE PRIVACIDAD

    La prestación de servicios de la sociedad de la información en un mundo globalizado hace preciso reflexionar sobre la necesidad de impulsar estándares internacionales que permitan garantizar los derechos de los ciudadanos cualquiera que sea el lugar donde residan.

    Hasta tanto se desarrollen estas iniciativas es preciso atender con especial sensibilidad a los flujos internacionales de datos que permitan su transferencia desde entornos geográficos con niveles de protección adecuados a otros que carezcan de ellos.


    Leer la Memoria Completa

    miércoles, 4 de junio de 2008

    El reto de la seguridad en las redes sociales


    Artículo publicado en el diario Público el 3 de junio de 2008 por Blanca Salvatierra


    La Agencia Europea de Seguridad en Redes e Información (ENISA, acrónimo en inglés) ha presentado la versión preliminar de un informe en el que reconoce a las redes sociales como un fenómeno positivo, pero también alerta de los posibles problemas de seguridad que pueden acarrear para los usuarios.

    La Agencia aboga por una nueva legislación que permita un mayor control de sitios como Facebook o MySpace. Aunque el estudio completo, que contendrá 19 recomendaciones que pueden ayudar a mejorar la seguridad de los sitios sociales, no se presentará hasta julio, el director ejecutivo de ENISA y autor del informe, Andreas Pirotti, ha ofrecido ciertos detalles del mismo.

    Además de una regulación común europea que proteja a las personas que se encuentran con imágenes suyas colgadas en la Red, considera vital mostrar a los usuarios de qué forma funcionan las redes sociales. La concienciación respecto a que los datos que se proporcionan quedan expuestos y pueden ser reproducidos en lugares ajenos al original es otro de los puntos que la Agencia considera fundamentales.


    INQUIETUD Y DESCONOCIMIENTO


    Pese a la relevancia del informe, éste no es el primero que se realiza en este sentido. Según los datos de la organización sin ánimo de lucro National Cyber Security Alliance, el 83% de los usuarios admite que descarga archivos sin conocer al usuario que se los proporciona y cerca de tres cuartas partes han facilitado a desconocidos datos personales, como la dirección de correo electrónico o la propia identidad.

    Un informe elaborado a finales del pasado año por la Oficina del Comisionado para la Información, una autoridad independiente que informa al Parlamento de Reino Unido sobre temas relacionados con la privacidad, afirmaba que más de la mitad de los jóvenes británicos de 14 a 21 años desconoce que los datos que publica en Internet pueden ser consultados por cualquier persona y que, dependiendo de si facilitan sus datos personales, pueden quedar asociados a su identidad real.

    La Agencia también incorpora recomendaciones para los propios sitios, como que sean más transparentes a la hora de explicar de que forma tratan los datos personales de sus usuarios.

    La organización mantiene que, debido tanto al deseo de conectar entre ellos como a la popularidad creciente de este tipo de sitios, los usuarios se olvidan en cierta forma de que los datos que proporcionan pueden ser utilizados en forma de ataques de phishing, robo de identidades, agresiones verbales e incluso acoso sexual. La asociación española Protégeles también ofrece en su página consejos prácticos sobre cómo mantener la privacidad en la Red.

    jueves, 8 de mayo de 2008

    Nueva publicidad vs privacidad



    Mercados saturados, cada vez más oferta y menos mercado, provoca que cada vez las tácticas de marketing sean más y más agresivas y una de ellas es la de "explotar" los datos de nuestros clientes o futuros clientes. En realidad tampoco es una novedad, lo nuevo son las herramientas cada vez más potentes que existen para crear perfiles y "espiar" a nuestros potenciales clientes.

    Y sobre este tema aparecía un artículo en El Mundo el pasado mes de abril:

    Imagine que una compañía se alía con su proveedor de banda ancha para analizar no sólo cómo navega usted por Internet, sino sus contenidos favoritos e incluso el contenido de sus correos electrónicos, para desarrollar nuevas campañas de publicidad personalizadas. Y todo ello sin preguntarle antes. Ésto sucede, al menos, en EEUU y el Reino Unido.

    La privacidad en la Red ha sido siempre un tema delicado que enfrenta a los usuarios con las grandes compañías tecnológicas y de la Red. Ahora, la polémica salta a raíz de un servicio de análisis de hábitos de navegación en la Red desarrollado por compañías como Phorm.

    En el Reino Unido, las principales compañías proveedoras de banda ancha, como BT, Virgin and Carphone Warehouse, tienen acuerdos con Phorm.

    Esta empresa, con sedes en Londres, Nueva York y Moscú, se encarga de conectar a los anunciantes con los usuarios en función de sus hábitos en la Red, una manera de personalizar al máximo la publicidad 'online'.

    Leer el artículo completo

    sábado, 3 de mayo de 2008

    "Dentro de poco, los ordenadores serán tan de usar y tirar como los móviles"




    Hoy publica El Pais una entrevista a Otellini, el presidente ejecutivo de Intel. En la entrevista aparecen temas muy interesantes, como el de la movilidad, el precio de los ordenadores, y como no, sobre la intimidad y los perfiles personales en internet. Aunque para mi se contradice un poco.


    El presidente ejecutivo de Intel no considera que ese Internet proactivo que defiende plantee problemas de seguridad ni de intimidad como alertan algunos. "No tienes que utilizarlo si no quieres, es tu elección como individuo. Sin duda yo elegiría que se me ofreciera información basada en mis preferencias. Cuando utilizas una herramienta de búsqueda hoy en día, es eso lo que estás haciendo; simplemente estás utilizando las preferencias de todo el mundo frente a las tuyas. Es algo que eliges hacer si quieres los beneficios, así que yo no creo que haya un problema de intimidad o de seguridad. En todo caso, ser capaz de obtener información a medida y conseguir lo que necesitas, de una forma segura, es probablemente un medio más seguro que el que existe hoy en día. Por ejemplo, piensa en las cosas que tus hijos pueden encontrarse mientras buscan algo sobre un tema seguro y se tropiezan con algo que tú prefieres que no vean. ¿No sería mejor que nosotros los padres pudiéramos establecer una serie de preferencias para que los niños sólo puedan ver aquellas cosas que nosotros, como padres, consideramos apropiadas?"


    jueves, 17 de abril de 2008

    Protección de datos en Internet


    Hoy publica en El Pais, Marc Carrillo, catedrático de Derecho Constitucional, un artículo de opinión sobre la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, de 29-1-2008 (Asunto Promousicae / Telefónica de España) por la que resuelve que el Derecho omunitario no obliga a los Estados miembros a divulgar datos personales para así garantizar la protección efectiva de los derechos de autor en el marco de un procedimiento civil.


    "..resulta sensato limitar el deber del operador de divulgar los datos personales del usuario de Internet. Porque sin negar los beneficios y el progreso que ofrece, lo cierto es que la Red no puede convertirse en un instrumento para desnudar al ciudadano y dejarlo en la intemperie de la decisión omnímoda de las empresas operadoras.

    Con este criterio especialmente garantista de la sentencia comunitaria se alinea también una sentencia sobre libertad de expresión en Internet. Fue dictada en octubre pasado por el Tribunal de Gran Instancia de París, que eximió de responsabilidad a la Fundación Wikimedia, propietaria de Wikipedia, la conocida y singular enciclopedia on line con base en Florida, por contenidos lesivos y atentatorios a la intimidad en uno de sus artículos."


    Leer el artículo completo en El Pais

    miércoles, 26 de marzo de 2008

    En el Lidl. . . .




    Aparece publicado hoy en El Pais, el titular que le dedica esta semana la revista alemana Stern al espionaje de los empleados realizado por Lidl en Alemania.




    "La señorita T. está hablando por teléfono con un amigo suyo. La conversación trata sobre una posible cena juntos. Aunque sabe que hay muchos clientes en la tienda, y que queda mucho que hacer, le promete que saldrá exactamente cuando termine su turno. Y así lo hace, a las 15:00." Los informes que los detectives contratados por la cadena de supermercados de bajo coste alemana Lidl redactaron para la dirección de la empresa el año pasado recuerdan a La vida de los otros, una película alemana que retrata los métodos con que la antigua policía secreta de Alemania del Este espiaba a sus ciudadanos. El semanario alemán Stern publica mañana un reportaje en el que narra el modo y el contenido de las investigaciones internas encargadas por la cadena alimenticia.


    "La señora J. lleva media hora manteniendo una conversación privada por teléfono. Hay que comprobar si es ella quien ha llamado", puede leerse en otro de los informes. Los detectives privados contratados por Lidl se presentaban un lunes por la mañana en la tienda e instalaban hasta diez microcámaras en presencia de los empleados. El director del centro explicaba a los dependientes que la finalidad del dispositivo era prevenir robos. Sin embargo, el tipo de información recogida invadía la intimidad de los trabajadores, incluyendo detalles acerca de su vida amorosa o indicaciones para la dirección sobre la necesidad de que se cubran los tatuajes al atender a clientes mayores. "Es extrovertida y de aspecto ingenuo", comentaba acerca de una empleada otro informe.


    lunes, 24 de marzo de 2008

    ¿Cómo nos movemos en la ciudad?


    FUENTE | UPM - mi+d


    Un grupo de investigadores y estudiantes de la Universidad Politécnica de Madrid trabajan en la búsqueda de patrones del movimiento humano en una ciudad. El conocimiento de estos patrones de movimiento es determinante a la hora de gestionar y planificar una movilidad sostenible.

    En estos días, a través de la integración de la tecnología GPS y la telefonía móvil es posible generar y almacenar una enorme cantidad de datos sobre las trayectorias de las personas en el tiempo y el espacio. Estos datos son cruciales a la hora de tomar decisiones sobre la gestión y planificación del tráfico, servicios de transporte y recreación, etc. aspectos necesarios para una movilidad más sostenible.

    En este contexto, el grupo de investigación Mercator de la Universidad Politécnica de Madrid, dirigido por la profesora Mónica Wachowicz y el profesor Miguel Ángel Bernabé, de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros de Topografía, Geodesia y Cartografía, están participando en un proyecto europeo[1] cuyo objetivo general es desarrollar la teoría, técnicas y sistemas automatizados para el descubrimiento de patrones del movimiento humano en las ciudades con garantía de privacidad para las personas, ya que las fuentes de datos contienen normalmente información personal sensible sobre la ubicación.

    La metodología está basada en la sinergia entre diversas disciplinas como Transporte, Informática, Planificación Urbana, Geomática y Cartografía. Las técnicas utilizadas incluyen el desarrollo de data warehouses, modelización espacial y temporal, minería de datos, geovisualización, ontologías y razonamiento automatizado.

    Un experimento realizado en Ámsterdam durante dos días para registrar la posición de un grupo de 300 niños moviéndose por la ciudad a través de sus teléfonos móviles ha permitido aplicar la metodología propuesta para encontrar patrones de movimiento sin comprometer la privacidad de los niños. Las imágenes a continuación ilustran los datos originales y algunos de los patrones encontrados por los investigadores.

    Leer el artículo completo en Madri+d

    sábado, 9 de febrero de 2008

    Los tribunales reprueban el uso de detectives para espiar al trabajador



    Foto Binitu, Perito Moreno


    Hoy, publica el diario Expansión, un artículo sobre el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, sobre un espía contratado por una empresa para que siguiese a uno de sus trabajadores.



    Las visitas a administradores de otras compañías; las idas y venidas con el coche de la empresa; y, también, el cubo de la basura. Estos son algunos de los espacios privados que, durante cinco meses, mantuvieron ocupado a un detective al que una compañía ordenó el seguimiento de un empleado. Pero su labor sirvió para poco; el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) acaba de señalar en un fallo que esta actuación es “excesiva” y “vulnera los derechos del trabajador”.

    Los límites de actuación de los espías tienen un largo recorrido en la doctrina española. La importancia del fallo (del 5 de febrero) radica en que “el Tribunal aporta una gran claridad expositiva” al detallar los límites de los inspectores, explica Jesús Domingo, experto laboralista socio de Ernst &Young Abogados.

    La sentencia recuerda que la actuación de los detectives privados debe estar marcada por el triple principio marcado por el Tribunal Constitucional de “proporcionalidad, idoneidad y necesidad”, una máxima que ahora el TSJM traslada al ámbito empresarial.

    Según Domingo, la proporcionalidad se entiende aquí en que “el seguimiento al trabajador debe durar tan sólo hasta que se tenga un conocimiento cabal, pleno y suficiente de los hechos imputados”. Respecto a este punto, la sentencia revela que el espionaje no se interrumpió tras conocerse el supuesto delito de violación de confidencialidad. Además, para desvelar ese comportamiento “el uso de los detectives debe ser un medio idóneo, de forma que si existen otros menos invasivos de la intimidad de los trabajadores, deberían respetarse primero”. Precisamente, es en este punto donde el Tribunal Superior madrileño carga contra la demandante.

    Argumenta que la compañía disponía de “otros medios eficaces para controlar [al empleado], como exigirle los reportes de actividad con mayor insistencia” o “llamándole al orden”, en los casos de faltas injustificadas. Al margen de estas cautelas, la sentencia subraya que la prueba testifical del espía “es un medio todavía más perverso que los aparatos de escucha o dispositivos ópticos, porque carece de objetividad y no es imparcial”, al actuar “por órdenes del cliente”.

    Es decir, “como verdaderos ojos y oídos del empresario”, que se lanza a husmear lo que hace un trabajador las 24 horas. Y he aquí el segundo argumento de reproche. El fallo dice que “la actividad fuera del centro de trabajo, pertenece a la esfera de la vida privada del trabajador, aun cuando se desarrolle en espacios públicos”.


    lunes, 21 de enero de 2008

    Publicado el nuevo Reglamento

    El pasado sábado 19 de Enero se publicaba en el BOE en Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, con 158 artículos.

    lunes, 31 de diciembre de 2007

    jueves, 27 de diciembre de 2007

    Nuevo Reglamento LOPD




    Durante el último consejo de ministros, celebrado el pasado viernes 21 de diciembre de 2007, se aprobó el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica de Protección de Datos.



    El Reglamento aprobado, desarrolla en su integridad los principios, derechos y obligaciones consagrados por la Ley Orgánica de Protección de Datos, tratando de resolver las dudas interpretativas existentes en torno a la aplicación de la norma, ocasionadas por las novedades que incorporó la aprobación de la LOPD y por la dispersión normativa existente.



    Entrará en vigor 3 meses después de su publicación en el BOE.





    lunes, 10 de diciembre de 2007

    La ciudad de la vigilancia





    Ayer, domingo, El Mundo, publicaba un interesante artículo sobre la ciudad China de Shenzhen. El motivo las 220.000 cámaras que vigilan e identifican a los ciudadanos que se pasean por la ciudad.


    Las primeras cámaras empezaron a ser instaladas a finales de los años 90 dentro de la lucha contra la delincuencia. Sin apenas publicidad, y a menudo en secreto, las autoridades han ido ampliando su control hasta desarrollar el mayor y más avanzado intento de controlar a una población a través del vídeo.


    Las últimas 20.000 cámaras que acaban de ser instaladas en la ciudad, sumándose a las 200.000 ya existentes, tienen la capacidad de reconocer e identificar a cualquier ciudadano a través de un programa informático que estudia las facciones del rostro.



    sábado, 8 de diciembre de 2007

    Facebook



    En las últimas semanas más de 65.000 internautas firmaron y enviaron una petición a través del sitio de Internet MoveOn.org para que la empresa de redes sociales Facebook cambiase un controvertido sistema publicitario a través del cual comparte datos de compras realizadas por los usuarios con la red de amigos y conocidos de éstos.


    La compañía se ha comprometido a preguntar antes de enviar cualquier información sobre las actividades de cada usuario a sus contactos.


    La polémica se desató cuando el sitio, lanzó un sistema (llamado Beacon) que enviaba mensajes a los 'amigos' de los usuarios en los que informaba acerca de sus compras 'online' en sitios como Travelocity.com, TheKnot.com o Fandango, informa el diario 'The New York Times'.


    El problema llegó cuando, en temporada de compras para Navidad , esos colegas comenzaron a recibir información de regalos que eran, en realidad, para ellos mismos.


    Más info:






    miércoles, 28 de noviembre de 2007

    La sociedad más vigilada de Europa



    Hace unas semanas Timothy Garton Ash, publicaba un artículo de opinión en El País sobre libertada y televigilancia.

    Extracto del artículo

    Smiley meció lo que quedaba de brandy en su copa y murmuró: "Hemos renunciado a demasiadas libertades para ser libres. Ahora tenemos que recuperarlas". Esta advertencia del legendario agente de espionaje sobre el exceso de interferencia y de poder de las redes estatales de seguridad nacional que construimos en el autodenominado "mundo libre" durante la guerra fría aparece en la novela de John Le Carré El peregrino secreto, publicada en 1991. Sin embargo, en vez de recuperar esas libertades, hemos perdido todavía más. En todo el mundo occidental, hoy son muchos más los datos personales nuestros que están en manos de Estados y de compañías privadas, las libertades tradicionales sufren restricciones, hay personas detenidas sin que medie ningún juicio, la libertad de expresión se ve aplastada.

    Leer artículo completo. . .

    martes, 27 de noviembre de 2007

    La APDCM expone en la Universidad Europea de Florencia el Proyecto de Creación de un Sello Europeo de Privacidad

    Fuente del texto: Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid


    Durante el seminario, organizado por la Universidad de Oxford (que lidera el proyecto Breaking Barriers to e-Government), se celebraron distintas sesiones en las que se analizaron las posibles barreras detectadas y que se pueden dividir en siete categorías: fallos de liderazgo, inhibidores financieros, brechas digitales, falta de coordinación, inflexibilidad de las organizaciones y lugares de trabajo, falta de confianza y mal diseño técnico de las soluciones propuestas.
    Las posibilidades de la Web 2.0, la integración de la protección de datos y la privacidad en la e-Administración; las cuestiones relativas a la responsabilidad en que pueden incurrir las AA.PP.; las relaciones entre las mismas, los ciudadanos, las empresas y otros actores tecnológicos así como las barreras para la reutilización de información del sector público, la identificación y autenticación y el ofrecimiento de información jurídica también fueron objeto de estudio en el seminario.

    En relación con la intervención de la APDCM, la misma versó sobre la explicación del funcionamiento del Sello de Privacidad, que utiliza un sistema en dos niveles: por una parte, la autoridad de certificación acredita expertos jurídicos y técnicos que reúnan los necesarios requisitos de competencia y ética profesional. Los expertos admitidos figuran en una lista pública. Estos expertos son los que llevan a cabo las evaluaciones que son revisadas por las autoridades de certificación (por ejemplo, la APDCM) que es quien finalmente otorga el sello que se entrega en una ceremonia pública. Los sellos tienen una validez de dos años y también se hacen públicos. Los criterios de certificación se extraen de la legislación comunitaria y de las legislaciones nacionales que la transponen y también son públicos para fomentar la transparencia y la credibilidad de la certificación.

    Más info: Proyecto EuroPriSe (European Privacy Seal)

    lunes, 5 de noviembre de 2007

    Ordenadores sin secretos para el jefe

    De las secuelas de la sentencia que hablabamos hace unos días, ayer aperecía un artículo en El Pais, hablando del tema "Ordenadores sin secretos para el jefe".

    Lo mejor, los comentarios en la web de El Pais.

    Como este:

    En mi empresa lo hacen desde hace tiempo. El programa informático, que se llama SIEBEL, les permite saber cuánto tiempo tardas desde que inicias hasta que finalizas un expediente (estoy el el departamento de incidencias), si te levantas has de marcar porqué, te dan varias opciones, y cuando te vuelves a sentar otra vez has de "logarte" como dicen ellos. Al final del día los supervisores te dicen cuánto tiempo has "perdido" y según eso te incentivan o te reducen la nómina. Imaginar el resto en cuanto a atropellos en los derechos laborales.... de nada han servido huelgas ni paros, contratan a ETT´s, aunque no esté permitido en caso de huelgas, y luego pagan las multas de las Inspeciones, les compensa. Enfín, un horror. Y siguen....

    miércoles, 24 de octubre de 2007

    Email en el trabajo

    El diario Expansión publica hoy la noticia de la Sentencia del Tribunal Supremo sala de lo social, sobre el despido de un trabajador por el uso indebido del ordenador.

    Se trata del primer fallo de unificación de doctrina sobre los límites de las compañías al control del uso de los medios telemáticos que hacen sus trabajadores. El Supremo establece que esta vigilancia no puede invadir la intimidad.

    La Sentencia confirma que son posibles los controles por parte de la empresa del uso de los equipos informáticos pero previamente debe de comunicar a los empleados que se van a realizar controles, parecido al caso de las cámaras de videovigilancia. Por tanto si no se informa a los trabajadores es muy probable que todas las pruebas queden invalidadas.

    Los hechos resumidos, sin meternos el trasfondo, son los siguientes; la empresa contrata a una empresa de servicios informáticos para el mantenimiento de los ordenadores, en dicha comprobación se constató la existencia de virus informáticos en uno de los ordenadores, como consecuencia de la navegación por páginas poco seguras de internet. La empresa comprueba la existencia en la carpeta de archivos temporales de antiguos accesos a páginas pornográficas, que procede a almacenar en un dispositivo USB y a su impresión en papel, todo ello sin el consentimiento del trabajador. El trabajador es despedido y recurre a los tribunales, en esta última instancia el Tribunal Supremo.


    La Sentencia del Tribunal Supremo se articula sobre los artículos 18 y 20 del Estatuto de los Trabajadores.

    Artículo 18, Inviolabilidad de la persona del trabajador
    Artículo 20, Dirección y control de la actividad laboral

    Resumo a continuación algunos de los párrafos que me han parecido más interesantes.

    El control del uso del ordenador facilitado al trabajador por el empresario no se regula por el artículo 18 del Estatuto de los Trabajadores, sino por el artículo 20.3 del Estatuto de los Trabajadores
    Fundamento de Derecho 4 de la Stc


    La Sentencia también comenta: ya se dijo sobre la existencia de un hábito social generalizado de tolerancia con ciertos usos personales moderados de los medios informáticos y de comunicación facilitados por la empresa a los trabajadores. Esa tolerancia crea una expectativa también general de confidencialidad en esos usos; expectativa que no puede ser desconocida, aunque tampoco convertirse en un impedimento permanente del control empresarial, porque, aunque el trabajador tiene derecho al respeto a su intimidad, no puede imponer ese respeto cuando utiliza un medio proporcionado por la empresa en contra de las instrucciones establecidas por ésta para su uso y al margen de los controles previstos para esa utilización y para garantizar la permanencia del servicio.

    Y finalmente un párrafo que me parece clave

    Por ello, lo que debe hacer la empresa de acuerdo con las exigencias de buena fe es establecer previamente las reglas de uso de esos medios -con aplicación de prohibiciones absolutas o parciales- e informar a los trabajadores de que va existir control y de los medios que han de aplicarse en orden a comprobar la corrección de los usos, así como de las medidas que han de adoptarse en su caso para garantizar la efectiva utilización laboral del medio cuando sea preciso, sin perjuicio de la posible aplicación de otras medidas de carácter preventivo, como la exclusión de determinadas conexiones. De esta manera, si el medio se utiliza para usos privados en contra de estas prohibiciones y con conocimiento de los controles y medidas aplicables, no podrá entenderse que, al realizarse el control, se ha vulnerado "una expectativa razonable de intimidad" en los términos que establecen las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de 25 de junio de 1997 (caso Halford) y 3 de abril de 2007 (caso Copland) para valorar la existencia de una lesión del artículo 8 del Convenio Europeo para la protección de los derechos humanos.

    Sobre Privacidad.org

    Privacidad.org es una web dedicada a las dudas y debates que las nuevas tecnologías crean en la sociedad. blogprivacidad@gmail.com Imagen portada: www.unapersona.com